Economía

Entre las modificaciones contempladas en el Decreto Supremo N° 010-2021-Midagri se establece que son usuarios del Fondo Agroperú los pequeños productores agrarios organizados bajo cualquier forma asociativa contemplada en la normatividad vigente, que incluye a las comunidades campesinas y comunidades nativas, así como a las organizaciones agrarias conformadas por pequeños productores agrarios y a las organizaciones agrarias constituidas en los pueblos indígenas u originarios y del pueblo afroperuano.
Registrados
Asimismo, los productores deberán estar registrados como tales en el Padrón de Productores Agrarios y sus organizaciones en las cadenas de valor, el que indica la modalidad de tenencia de la superficie agraria, considerando como válido para los fines del Fondo Agroperú a los propietarios, posesionarios y arrendatarios, así como a los titulares de los títulos habilitantes que permiten el acceso para el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales.
Deberán acreditar también que pertenecen a una organización agraria vigente. De presentar créditos con instituciones financieras intermediarias (IFI) o cooperativas de ahorro y crédito que solo operan con sus socios (CAC), estos deberán encontrarse clasificados en la categoría de Normal o CPP (con problemas potenciales), según reporte de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y/o de centrales de riesgos privadas.
Para asegurar la viabilidad del fondo, los productores no deberán presentar deuda vencida en cobranza judicial o castigada con Agroperú.
Reprogramación
Otra importante modificación en la norma es que el usuario del Fondo Agroperú solo puede acceder a una reprogramación y/o a un refinanciamiento de deuda, salvo situación de desastre natural o emergencia sanitaria o fitosanitaria, declarada por la autoridad competente.
Los lineamientos generales para el acceso, evaluación y aprobación de las reprogramaciones y refinanciamientos, así como los lineamientos y mecanismos de recuperación de cartera crediticia del Fondo Agroperú son aprobados por el consejo directivo.
Según el Agrobanco, el saldo capital de la cartera minorista vencida de Agroperú se redujo 8% al cierre de febrero último en comparación con lo registrado al 2020.